En el año 2006 se casaron. Desde entonces la mujer ha sufrido críticas, amenazas. vejaciones y desvalorizaciones de manera permanente en el ámbito familiar.
Cinco años de cárcel por tres delitos de malos tratos puede ser la condena de un vecino de La Carlota.
La fiscalía afirma que la esposa recibió en varias ocasiones puñetazos y empujones. En una ocasión, fue arrastrada por el suelo tras agarrarla por la bufanda, y en otra, la agarró del cuello y los brazos durante una acalorada discusión.
No ha sido el único caso de violencia de género en el municipio de La Carlota.
13 comentarios:
¿Voy o no voy?
¿a dónde?
mano dura con esos cabrones y que le hagan lo mismo a ellos o que no salgan de la carcel
¿este tio quien es?
¡¡¡qué bestia!!!
Cuándo ha pasado?
yo no digo ná pero hay muchas mujeres que denuncian simplemente porque si obtienen una orden de alejamiento reciben una pensión de 450 euros mensuales durante 2 años, y ahora en época de crisis....
...y el ayuntamiento les da un trabajo
Soy el anónimo que escribió el 6 de Junio a las 9:45. Como veo que hubo un gracioso que dijo que el ayuntamiento les da trabajo y eso ya no puedo certificarlo. Para que veáis que es verdad, y para el que no se lo crea, copio textualmente del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad la respuesta a las ayudas económicas para mujeres maltratadas (http://www.migualdad.es/ss/Satellite?cid=1193047406980&pagename=MinisterioIgualdad%2FPage%2FMIGU_FAQ#item7):
"¿Tengo derecho a percibir alguna ayuda económica por ser víctima de violencia?
Dependiendo de los ingresos económicos y de la situación laboral de la víctima, ésta puede acceder a la renta activa de inserción, a una ayuda económica de pago único o a las ayudas específicas que pueda haber establecido la respectiva Comunidad Autónoma.
Renta Activa de Inserción (RAI):Tiene derecho a percibirla la mujer que esté participando en programas de empleo y carezca de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (468 euros/mes en 2009).
Cuantía y Duración: La cuantía de la RAI es igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada momento: 421,79 euros/mes en 2009. Su duración máxima es de 11 meses.
Existe una ayuda suplementaria de tres meses de renta activa de inserción para las víctimas de violencia de género que se hayan visto obligadas a cambiar su residencia en los 12 meses anteriores a la solicitud de la renta activa de inserción.
Solicitud: En el Servicio Público de Empleo de la respectiva Comunidad Autónoma, o en el Estatal en Ceuta, Melilla y País Vasco.
Incompatibilidad: La renta activa de inserción es incompatible con las ayudas sociales que se pudieran reconocer a las víctimas de violencia de género que no puedan participar en programas de empleo.
Ayuda económica de pago único tienen derecho a percibir la ayuda económica de pago único las víctimas de violencia de género cuando se considere que van a tener especiales dificultades para acceder a un empleo por lo que no participan en programas específicos para su inserción laboral y que carecen de rentas superiores en computo mensual al 75% del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (468 euros/mes en 2009).
Cuantía: El importe de esta ayuda será equivalente, con carácter general, a seis meses de subsidio de desempleo. No obstante, esta cuantía se incrementa en función de las responsabilidades familiares que, en su caso, tenga la víctima; y del grado de minusvalía que tenga reconocido la víctima y/o los familiares a su cargo.
Solicitud: en los órganos de asistencia o servicios sociales o de mujer de las respectivas Comunidades Autónomas.
Régimen de compatibilidad: Esta ayuda es compatible con las reguladas en la Ley 35/1995, de Ayuda y asistencia a víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual. En cambio, es incompatible con otras ayudas que cumplan la misma finalidad y con la Renta Activa de Inserción.
Ayudas específicas autonómicas la información se puede obtener en los distintos servicios o centros de atención o información a la mujer de los Ayuntamientos y de las Comunidades Autónomas."
Ahora a callar la boca quien dudase de mi comentario...
P.D: La dirección url salió mal (es esta: http://www.migualdad.es/ss/Satellite?cid=1193047406980&pagename=MinisterioIgualdad%2FPage%2FMIGU_FAQ#item7). Si no podéis acceder de esta forma: http://www.migualdad.es sección Violencia de Genero. Subsección Qué hacer y dentro de ella Preguntas Frecuentes
¿Y que hacemos con los hombres que son maltratados psicológicamente o físicamente incluso por una mujer? ¿Hay algo para ellos? si hay: UNA MIERDA!!!
A parte que para conseguir ser escuchados o que tomen medidas, tienen que denunciar mas de una vez y si ven que su mujer no es una buena madre para los hijos, son tan irracionales que llegan a soltar: "que no se les haga caso a los niños que niños son". Una puta vergüenza lo que se vive hoy en dia en el pais. Sin quitar por supuesto que toda mujer merece el maximo respeto y que no se le maltrate, igual...................que un hombre.
q razon llevas
touché Lex Nova! Además, seguro que el hombre que denuncia a su mujer por presuntos malos tratos, esa mujer no pasa la noche en el calabozo, al contrario que en los casos donde denuncia una mujer, que el hombre, independientemente de si es culpable o inocente, esa noche tiene que dormir en el calabozo.